Unión marital de hecho, derechos idénticos al matrimonio y camino a la residencia permanente
Colombia reconoce la unión marital de hecho (Ley 54 de 1990) con plenos efectos jurídicos, equiparándola al matrimonio en materia migratoria desde la Resolución 5477 de 2022. La Corte Constitucional (sentencia C-029/2009) extendió estos derechos a parejas del mismo sexo. El compañero o compañera permanente de nacional colombiano puede obtener visa Migrante M —subcategoría beneficiario— como mecanismo para vivir legalmente en Colombia junto a su pareja colombiana.
A diferencia de la visa de cónyuge, la visa de compañero permanente exige demostrar un mínimo de dos años de convivencia ininterrumpida. Este requisito se acredita mediante documentación notarial y pruebas de vida en común. Colombia es, sin duda, uno de los países de América Latina más avanzados en el reconocimiento de derechos migratorios para parejas de hecho, sin importar el género.
| Aspecto | Cónyuge | Compañero/a Permanente |
|---|---|---|
| Documento base | Registro civil de matrimonio | Declaración de unión marital de hecho o escritura pública notarial |
| Tiempo mínimo | No aplica (basta el matrimonio) | Mínimo 2 años de convivencia ininterrumpida |
| Apostilla | Sí (si fue en el exterior) | Sí (si la declaración fue en el exterior) |
| Derechos con visa | Idénticos | Idénticos |
| Camino a Residencia | Sí (3 años) | Sí (3 años) |
La Resolución 5477 de 2022 del Ministerio de Salud exige a todo solicitante de visa Migrante M demostrar que cuenta con un plan de asistencia médica vigente con cobertura mínima de USD 35,000, que incluya hospitalización, urgencias médicas y repatriación sanitaria. Este plan debe estar vigente durante toda la duración de la visa. CoVisas Colombia ofrece planes diseñados específicamente para cumplir este requisito, sin límite de edad, con certificado digital de entrega inmediata. Contacte por WhatsApp para una cotización gratuita.
Si no tiene escritura pública de unión marital, acuda a notaría en Colombia (o consulado colombiano en el exterior) para formalizarla.
Declaraciones de testigos, contratos de arrendamiento, cuentas bancarias conjuntas, fotos con fecha verificable.
Cada documento extranjero debe llevar apostilla de La Haya y traducción oficial al español si no está en ese idioma.
Contáctenos en CoVisas para obtener su certificado (obligatorio antes de radicar).
Diligencie el formulario en cancilleria.gov.co y pague el arancel (USD 270).
Radique la solicitud en línea con todos los documentos adjuntos en PDF.
Espere respuesta de la Cancillería (10–30 días hábiles). Una vez aprobada, solicite la Cédula de Extranjería en Migración Colombia (COP 257,000).
| Concepto | Costo estimado |
|---|---|
| Arancel Cancillería | USD 270 |
| Escritura pública de unión marital (notaría Colombia) | COP 200,000 – 400,000 |
| Declaraciones extraprocesales (notaría) | COP 80,000 – 150,000 c/u |
| Apostilla en el exterior | Varía por país (USD 20 – 150) |
| Plan de asistencia médica CoVisas | Según cobertura y vigencia |
| Cédula de Extranjería | COP 257,000 |
Sí, absolutamente. La Corte Constitucional de Colombia ha reconocido los mismos derechos migratorios para parejas del mismo sexo que para parejas heterosexuales. La Cancillería aplica el mismo trámite sin distinción.
Mínimo 2 años de convivencia ininterrumpida. Esto se acredita con declaraciones extraprocesales de al menos dos testigos ante notario, y se refuerza con evidencias como contratos de arrendamiento compartido, cuentas bancarias, redes sociales o fotografías con fecha verificable.
Sí. La visa Migrante M de beneficiario autoriza expresamente el trabajo en Colombia. No necesita permiso de trabajo adicional. Puede afiliarse a EPS, pensiones y ARL como cualquier trabajador.
Si la unión se disuelve, tiene la obligación de informar a Migración Colombia. La visa puede ser cancelada. Sin embargo, si ya cumple otros requisitos para una visa diferente (por ejemplo, tiene trabajo o inversión en Colombia), puede solicitar el cambio de categoría antes de que se cancele la actual.
Colombia es un destino excepcional para parejas internacionales. Su sistema migratorio, moderno y progresista, reconoce plenamente la unión marital de hecho con los mismos derechos que el matrimonio. Si llevas más de dos años conviviendo con tu pareja colombiana, tienes derecho a iniciar este proceso y construir tu vida en uno de los países más biodiversos y culturalmente ricos de América Latina.
En CoVisas Colombia te acompañamos en cada etapa: desde la verificación de documentos hasta la obtención del plan de asistencia médica obligatorio. Nuestro equipo especializado en visas colombianas garantiza que tu solicitud esté perfectamente preparada. Contáctanos hoy por WhatsApp para una consulta gratuita.
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📞 Hablar con un asesor ahoraFuentes: Ley 54 de 1990 (Unión Marital de Hecho); Resolución 5477 de 2022, Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia; Sentencia C-029/2009, Corte Constitucional de Colombia; Portal oficial cancilleria.gov.co; Migración Colombia.