La Resolución 5477 del 22 de julio de 2022 del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia cambió para siempre los requisitos de las visas de larga estadía. Antes de esta norma, muchos extranjeros presentaban seguros de viaje turísticos, seguros médicos de su país de origen o incluso cartas de cobertura sin sustento real, y el sistema los aceptaba sin mayor verificación. Con la Resolución 5477, el gobierno colombiano estableció criterios claros, objetivos y verificables para los planes de asistencia médica que deben presentar todos los solicitantes de visa de larga estadía.

El objetivo es proteger tanto al extranjero residente como al sistema de salud colombiano, garantizando que los inmigrantes cuenten con cobertura médica real durante toda su estadía en el país. Esta resolución aplica a prácticamente todas las categorías de visa Migrante y Residente, incluyendo la visa nómada digital, visa de pensionado, visa de inversionista, visa de estudiante de largo plazo, visa de trabajo y otras categorías de larga estadía.

En esta guía completa te explicamos qué dice exactamente la Resolución 5477, las 7 coberturas mínimas que exige, qué planes sí cumplen y cuáles no, y cómo verificar que el plan que estás comprando es válido para tu visa.

¿Qué es la Resolución 5477 y Por Qué Existe?

La Resolución 5477 fue emitida el 22 de julio de 2022 por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia. Su objetivo principal fue estandarizar y precisar los requisitos de cobertura médica que deben acreditar todos los extranjeros que solicitan visas de categoría Migrante (M) y Residente (R), es decir, visas de larga estadía en el territorio colombiano.

Antes de su entrada en vigor, existía una situación de caos regulatorio: cada consulado colombiano interpretaba de forma distinta qué documentos eran aceptables para acreditar cobertura médica. Algunos aceptaban simples pólizas de viaje turístico válidas por 30 días, otros exigían traducciones de seguros extranjeros, y algunos incluso admitían cartas de compromiso personal sin respaldo de ninguna aseguradora. Este escenario dejaba a muchos extranjeros desprotegidos ante enfermedades o accidentes graves, y generaba presión innecesaria sobre el sistema de salud público colombiano.

La Resolución 5477 modificó y complementó el régimen de visas establecido originalmente por la Ley 1465 de 2011 y sus decretos reglamentarios, estableciendo por primera vez criterios técnicos, objetivos y no negociables sobre qué debe cubrir un plan de asistencia médica para ser válido ante las autoridades migratorias colombianas.

Desde 2023, los consulados colombianos aplican estos requisitos de forma estricta. Un plan que no incluya todas las coberturas mínimas establecidas en la resolución será rechazado, sin importar cuánto haya costado ni quién lo emitió. Los funcionarios consulares tienen instrucciones precisas de verificar cada uno de los siete puntos de cobertura antes de aprobar una solicitud de visa de larga estadía.

Dato clave: La Resolución 5477 aplica exclusivamente a visas de categoría M (Migrante) y R (Residente). Las visas de turismo tipo V no requieren este nivel de cobertura, aunque sí se recomienda contar con un seguro de viaje básico durante la estadía como turista.

¿A Quién Aplica la Resolución 5477?

La obligación de presentar un plan de asistencia médica que cumpla con la Resolución 5477 recae sobre toda persona extranjera que solicite una visa de categoría Migrante (M) o Residente (R) en Colombia. A continuación, las categorías más comunes:

Tipo de Visa Cobertura Requerida Vigencia Mínima del Plan
Nómada Digital7 coberturas obligatoriasIgual a la duración de la visa solicitada
Pensionado7 coberturas obligatoriasMínimo 1 año, renovable
Inversionista7 coberturas obligatoriasHasta 3 años según visa
Trabajador7 coberturas obligatoriasDuración del contrato laboral
Estudiante (largo plazo)7 coberturas obligatoriasDuración del programa académico
Beneficiario / Cónyuge7 coberturas obligatoriasIgual a la visa del titular
Padre/Madre de colombiano7 coberturas obligatoriasMínimo 1 año

Las 7 Coberturas Mínimas Obligatorias

Este es el corazón de la Resolución 5477. El plan de asistencia médica que presentes con tu solicitud de visa debe incluir las siguientes siete coberturas de forma explícita. Si falta aunque sea una, la documentación puede ser rechazada:

1. Accidentes

El plan debe cubrir lesiones corporales causadas por accidentes ocurridos durante la estadía en Colombia. Esto incluye atención médica de emergencia, hospitalización derivada del accidente, cirugías, rehabilitación y, en los casos más graves, la indemnización por muerte accidental. No basta con que el plan mencione "emergencias": debe especificar cobertura por accidentes de forma explícita y sin restricciones territoriales dentro de Colombia.

2. Enfermedad

Esta cobertura va mucho más allá de las emergencias médicas. El plan debe cubrir el diagnóstico y tratamiento de enfermedades que se presenten o se agudicen durante la vigencia del plan. Incluye consultas médicas, exámenes diagnósticos, medicamentos prescritos y tratamientos ambulatorios. Es una de las coberturas más importantes y, lamentablemente, una de las que más planes turísticos omiten o limitan a "emergencias únicamente".

3. Hospitalización

El plan debe cubrir los gastos de internación hospitalaria, incluyendo habitación, honorarios médicos durante la estadía en clínica u hospital, medicamentos administrados durante la hospitalización y los procedimientos clínicos necesarios. Esta cobertura es independiente de si la causa es un accidente o una enfermedad: cualquier evento que requiera hospitalización debe estar cubierto.

4. Invalidez

El plan debe contemplar una indemnización o cobertura de gastos en caso de que el asegurado sufra invalidez parcial o total, ya sea como consecuencia de un accidente o de una enfermedad. Esta cobertura protege al extranjero ante una de las consecuencias más graves que puede tener un evento médico: la pérdida permanente o parcial de su capacidad funcional o laboral.

5. Maternidad

Esta cobertura es obligatoria para todas las solicitantes en edad fértil, independientemente de si están o no embarazadas al momento de solicitar la visa. El plan debe cubrir gastos de control prenatal, parto (ya sea vaginal o por cesárea), atención al recién nacido y complicaciones obstétricas. Crucialmente, la cobertura debe aplicar incluso si el embarazo se inicia durante la vigencia del plan, no solo si ya existe al momento de contratarlo.

6. Repatriación

En caso de que el asegurado sufra una enfermedad grave o una lesión que haga necesario su traslado al país de origen para recibir atención especializada, el plan debe cubrir los gastos de dicho traslado. Esto incluye el transporte en ambulancia aérea o en condiciones médicas apropiadas, así como la coordinación logística del traslado. Es una cobertura esencial para quienes viven lejos de su red familiar y médica de origen.

7. Muerte

El plan debe cubrir los gastos funerarios en Colombia y la repatriación del cuerpo al país de origen del asegurado en caso de fallecimiento. Esto incluye los trámites consulares, el embalsamamiento, el transporte internacional del cuerpo y los gastos administrativos asociados. Esta cobertura protege a la familia del asegurado ante uno de los eventos más costosos y logísticamente complejos que pueden enfrentar lejos de casa.

Vigencia del Plan Según Tipo de Visa

La Resolución 5477 no solo define qué debe cubrir el plan, sino también por cuánto tiempo debe estar vigente. La regla general es que la vigencia del plan de asistencia médica debe coincidir con la duración de la visa solicitada. No puedes presentar un plan de 6 meses para solicitar una visa de 2 años.

Tipo de Visa Vigencia de la Visa Vigencia Mínima del Plan
Nómada DigitalHasta 2 añosIgual a la visa solicitada (hasta 24 meses)
Pensionado1 año, renovable indefinidamenteMínimo 12 meses continuos
InversionistaHasta 3 añosIgual a la visa solicitada
Estudiante (largo plazo)Duración del programaIgual a la duración del programa académico
TrabajadorDuración del contratoIgual a la duración del contrato laboral
Cónyuge / BeneficiarioIgual a la del titularIgual a la visa del titular

Importante: En CoVisas ofrecemos planes de asistencia médica con vigencias flexibles de 1 a 24 meses, adaptadas a cualquier categoría de visa colombiana. Puedes solicitar tu cotización directamente por WhatsApp o a través de nuestro formulario en línea.

¿Qué NO Cumple la Resolución 5477?

Tan importante como saber qué debe tener tu plan es saber qué tipos de planes serán rechazados por el consulado. Estos son los errores más frecuentes:

Cuando el consulado rechaza tu documentación de cobertura médica, generalmente tienes un plazo muy corto para presentar documentos sustitutos. En muchos casos esto implica pagar un nuevo plan de urgencia a mayor costo, o ver tu solicitud de visa negada con el tiempo y dinero invertidos perdidos.

Cómo Verificar que un Plan Cumple la Resolución 5477

Antes de pagar cualquier plan de asistencia médica para tu visa colombiana, verifica punto por punto que cumpla con los siguientes criterios:

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CoVisas Colombia nació con un propósito muy específico: ayudar a los extranjeros que quieren vivir en Colombia a conseguir el plan de asistencia médica correcto para su visa, al mejor precio, sin complicaciones ni sorpresas. Fundada por Pacho Viloria, con más de 20 años de experiencia en el sector asegurador y migratorio colombiano, CoVisas se ha consolidado como el referente número uno en planes de asistencia médica para visas en Colombia.

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El proceso para obtener tu plan con CoVisas es simple y rápido:

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Preguntas Frecuentes sobre la Resolución 5477

¿El seguro médico que tengo en mi país sirve para la visa colombiana?

En la gran mayoría de los casos, no. Para que un seguro extranjero sea válido ante la Cancillería colombiana, debe tener cobertura territorial en Colombia, representación legal en el país y cumplir con las 7 coberturas mínimas de la Resolución 5477. Los seguros médicos domésticos de otros países generalmente no tienen operación en Colombia y no mencionan coberturas como repatriación o muerte, por lo que serán rechazados por el consulado. Lo más seguro es contratar un plan específicamente diseñado para este requisito.

¿Puedo comprar el plan después de que me aprueben la visa?

No. El plan de asistencia médica es un requisito que debes presentar junto con tu solicitud de visa, no después de recibirla. Sin el certificado de cobertura médica válido, tu solicitud está incompleta y no será procesada. Sin embargo, puedes contratar el plan antes de iniciar el trámite y asegurarte de que su fecha de inicio coincida con la fecha en que planeas entrar a Colombia o iniciar tu visa.

¿La cobertura de maternidad es obligatoria para todos?

Sí, la cobertura de maternidad es una de las 7 coberturas mínimas obligatorias según la Resolución 5477 y debe estar incluida en el plan independientemente del sexo o la edad del solicitante. Aunque hombres y adultos mayores evidentemente no harán uso de esta cobertura, el plan debe incluirla explícitamente para cumplir el requisito formal de la resolución. Si el certificado que te ofrecen no menciona maternidad, ese plan no cumple y tu visa puede ser rechazada.

¿Qué pasa si mi plan vence antes de que termine mi visa?

Debes renovar el plan antes de que venza para mantener la cobertura continua. Si bien la Cancillería no hace seguimiento automático de la vigencia del plan una vez otorgada la visa, estar sin cobertura médica en Colombia es un riesgo personal muy alto. Además, en el momento de renovar tu visa, deberás presentar un nuevo certificado vigente. En CoVisas te ayudamos a gestionar la renovación con tiempo suficiente para que nunca quedes sin cobertura.

¿Cómo sé si el plan que me ofrecen realmente cumple la resolución?

Solicita siempre el certificado o carta de cobertura antes de pagar y verifica que mencione explícitamente las 7 coberturas: accidentes, enfermedad, hospitalización, invalidez, maternidad, repatriación y muerte. Confirma que la empresa tiene operación en Colombia (busca su RUT o NIT colombiano) y que el documento tiene un número de póliza verificable. Si tienes dudas, consulta con CoVisas: revisamos tu documento sin costo y te decimos si cumple o no antes de que cometas un error costoso.

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Fuentes

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