Contenido de la guía
Respuesta rápida: el estado de una solicitud de visa colombiana se consulta en el formulario oficial Consultar estado de la solicitud del SITAC (Sistema Integral de Trámites al Ciudadano) de Cancillería. Necesita cuatro datos: el tipo de documento y el número de documento con que registró la solicitud, su nacionalidad y el número de registro de solicitud que Cancillería le envió por correo electrónico.
Por ley, Cancillería tiene hasta 30 días calendario para pronunciarse sobre una solicitud ya pagada (art. 13 de la Resolución 5477 de 2022). Ese plazo puede extenderse cuando la autoridad consulta a otras entidades.
Qué es el SITAC y qué muestra la consulta
Desde la entrada en vigor de la Resolución 5477 de 2022, toda solicitud de visa colombiana se presenta por la plataforma digital del Ministerio de Relaciones Exteriores. El artículo 8 lo dice expresamente: «toda solicitud de visa se deberá efectuar a través de la plataforma digital dispuesta para ello». Esa plataforma es el SITAC, el mismo sistema donde se diligencia el formulario, se cargan los documentos en PDF, se paga el estudio y se reciben las decisiones.
El formulario de consulta es la ventana pública de ese sistema. No sirve para cargar documentos ni para corregir datos; sirve para saber en qué punto está su trámite: si sigue en estudio, si la autoridad le pidió información adicional, si fue inadmitida, negada, aprobada o si la visa ya fue publicada. Cancillería también le notifica cada cambio de estado al correo electrónico que usted registró al crear la solicitud. La consulta en línea sirve para confirmar el estado cuando un correo no llega, cae en la carpeta de spam o usted necesita verificarlo con rapidez.
Un detalle importante: la guía de usuario oficial del SITAC aclara que, una vez registrado el pago del estudio, el estado del trámite se puede verificar con el número de solicitud en la página «Consultar Trámite Solicitud». Antes del pago, la solicitud no se considera presentada. El artículo 11 de la Resolución 5477 lo establece así: «Solo se considerará efectivamente presentada una solicitud cuando se ha efectuado la liquidación».
Lo que necesita antes de consultar
El formulario oficial tiene dos bloques: Datos de identificación y Datos de la solicitud. Antes de abrirlo, tenga a mano lo siguiente:
| Dato | Dónde lo encuentra | Observación |
|---|---|---|
| Tipo de documento (obligatorio) | El mismo que usó al crear la solicitud | Las opciones incluyen pasaporte, documento extranjero, cédula de extranjería, cédula de ciudadanía, registro civil y tarjeta de identidad. Casi todos los extranjeros registran la solicitud con pasaporte. |
| Número de documento | Su pasaporte | Escríbalo exactamente como lo registró, sin espacios ni guiones de más. |
| Nacionalidad (obligatoria) | Lista desplegable | La lista es larga y tiene nombres repetidos o antiguos. Elija la misma opción que seleccionó al registrar. |
| Número de registro de solicitud (obligatorio) | Correo de confirmación de Cancillería | Si recibió un requerimiento, use el número más reciente que aparece en ese correo. |
Si perdió el número de solicitud, el propio formulario de solicitud de visa indica que debe comunicarse con las líneas de atención al ciudadano de Cancillería: Bogotá +57 (1) 382 6999 y la línea gratuita nacional 01 8000 938 000. Antes de llamar, busque en su bandeja de entrada y en spam correos del Ministerio de Relaciones Exteriores; allí suele estar el número.
Paso a paso para consultar el estado de su solicitud de visa
- Abra el enlace oficial. Entre a tramitesmre.cancilleria.gov.co/tramites/enlinea/consultarEstadoSolicitud.xhtml. Verifique que la dirección empiece por tramitesmre.cancilleria.gov.co. Ningún tercero necesita sus datos para mostrarle el estado.
- Elija el idioma. En la parte superior están los enlaces «Traducir a Español / Translate to English». El formulario funciona igual en ambos idiomas.
- Seleccione el tipo de documento. Use el mismo con el que creó la solicitud, normalmente «Pasaporte».
- Escriba el número de documento tal como aparece en la página de datos de su pasaporte.
- Seleccione la nacionalidad. Desplácese con cuidado: la lista contiene países con nombres históricos o duplicados.
- Escriba el número de registro de solicitud que le llegó por correo.
- Pulse «Consultar». Si se equivocó, use «Limpiar» y vuelva a empezar.
- Lea el estado e interprételo con la tabla de la sección siguiente. Si el estado indica que debe hacer algo, revise el correo asociado, porque ahí se explica el motivo.
Qué significa cada estado de la solicitud de visa
La guía de usuario oficial del SITAC (actualizada el 29 de agosto de 2024) describe los estados que se notifican por correo electrónico. Esta es su explicación práctica:
| Estado | Qué significa | Qué debe hacer usted |
|---|---|---|
| Estudio | La solicitud fue presentada y pagada (o está exenta) y espera pronunciamiento oficial. | Esperar. Revisar el correo y la consulta periódicamente. |
| Requerimiento de información | La autoridad necesita información o documentos adicionales. El correo indica el motivo. | Responder modificando la solicitud en el SITAC, con el número de solicitud, dentro del plazo. Vea la sección de requerimientos. |
| Inadmitida | La solicitud no fue admitida para estudio; el trámite terminó. | Puede presentar una nueva solicitud corrigiendo la causa. |
| Negada | La visa fue negada con fundamento en la facultad discrecional del Estado. | No proceden recursos. Espere seis meses para una nueva solicitud (art. 99). |
| Aprobada | La visa fue aprobada. El correo trae instrucciones para continuar. | Pagar la expedición dentro de 10 días calendario, por el mismo medio que usó para el estudio. |
| Publicada | La visa fue expedida. Llega un correo con la información de la visa. | Verificar los datos, imprimir o guardar la visa electrónica y, si aplica, tramitar la cédula de extranjería. |
Los correos de inadmisión, negación y publicación incluyen además una encuesta opcional de satisfacción vinculada a su número de solicitud. Cuando la visa se aprueba o publica, Cancillería también envía la factura electrónica de la visa o del traspaso.
Plazos legales del trámite de visa
Conocer los plazos evita dos errores comunes: preocuparse antes de tiempo o dejar vencer un término y perder el trámite. Los plazos están en la Resolución 5477 de 2022:
- Pago del estudio: después de registrar la solicitud, el solicitante debe pagar «dentro de los diez (10) días calendario siguientes» (art. 11). Si no paga, se entiende desistida y el trámite termina sin pronunciamiento.
- Decisión: la autoridad «tendrá hasta treinta (30) días calendario para emitir el pronunciamiento» (art. 13). Las consultas a otras entidades pueden extender ese tiempo.
- Requerimientos: la autoridad puede pedir documentos adicionales y entrevistas «hasta por tres veces» (art. 19).
- Silencio frente a un requerimiento: la inactividad durante los diez días siguientes a un requerimiento «se interpretará como desistimiento de la solicitud» (art. 97, parágrafo 3).
- Pago de la visa aprobada: el titular tiene «hasta diez (10) días calendario para efectuar el pago que corresponda» (art. 12).
- Expedición de la visa electrónica: dentro de los diez días hábiles siguientes al pago de la visa aprobada, se expide y se envía por correo (art. 101). Los errores de la visa se pueden corregir dentro de los quince días calendario siguientes.
En la práctica, el tiempo total depende de que la solicitud esté completa desde el principio. Cada requerimiento reinicia una espera. Por eso la mejor manera de acortar el trámite es radicar un expediente sin vacíos. Puede ampliar este tema en nuestra guía de tiempos de trámite de visa en Colombia.
Si el estado es «Requerimiento de información»
Un requerimiento no es una negación: es la oportunidad que da la autoridad para completar o aclarar su expediente. Cancillería publicó una infografía oficial con 6 pasos para responder a un requerimiento de visa:
- Revise su correo electrónico: allí llega el requerimiento con el detalle de lo que falta.
- Ingrese a su solicitud de visa desde la página oficial de Cancillería (formulario solicitarVisa), con sus datos exactamente como los registró.
- Complete el número de solicitud, que debe diligenciarse siempre para responder, y verifique y complete la información.
- Cargue los documentos en la sección Soportes con el botón (+). Si el documento no corresponde a ninguna casilla, súbalo en cualquiera, uniendo todos los archivos en un solo PDF.
- Confirme la carga: verifique que los archivos se guardaron y que los soportes anteriores no se eliminaron.
- Finalice: en la sección Confirmación complete la información y haga clic en Guardar.
Cuide el espacio: el sistema admite como máximo 35 páginas entre todos los documentos y 5 MB en total, y lo subido no se puede eliminar. Si su solicitud original ocupó casi todo el límite, no tendrá cupo para responder. Si no responde en 10 días, la solicitud se considera desistida y caduca.
Explicamos cada paso, con la infografía oficial, en la guía cómo responder un requerimiento de visa de Cancillería.
Los requerimientos más frecuentes en nuestra experiencia tienen que ver con documentos sin apostilla o sin traducción oficial (art. 21), documentos con más de tres meses de expedición (art. 20) y pólizas o planes médicos que no cumplen la cobertura exigida. Si su requerimiento es sobre la póliza de salud, revise nuestra página de verificación de pólizas para Cancillería.
Inadmitida o negada: la diferencia y qué hacer en cada caso
Estos dos estados se confunden mucho, pero sus consecuencias son distintas:
| Inadmitida | Negada | |
|---|---|---|
| Qué es | Pronunciamiento por el cual la autoridad decide no autorizar la expedición; termina el trámite (art. 98). | Decisión «con fundamento en la facultad discrecional del Estado colombiano» (art. 99). |
| ¿Puede volver a solicitar? | Sí, puede presentar una nueva solicitud. | No dentro de los seis (6) meses siguientes (art. 99). |
| ¿Proceden recursos? | No (art. 100). | No (art. 100). |
| Si está en Colombia | Debe revisar su permanencia autorizada. | Debe salir dentro de los 30 días; la nueva solicitud se presenta desde su país de nacionalidad o residencia legal permanente (art. 99). |
Es importante ser claro: el artículo 100 de la Resolución 5477 de 2022 establece que «sobre la inadmisión, requerimiento, negación, terminación y cancelación de visas no proceden recursos administrativos». Desconfíe de quien le ofrezca «apelar» una negación de visa. Lo que sí funciona es entender por qué falló el expediente y presentar una solicitud nueva y sólida cuando la norma lo permite. Ampliamos estos casos en causas de inadmisión y causas de negación de visa.
El SITAC también controla los impedimentos. Según la guía oficial, si usted tiene un impedimento activo por una visa negada anteriormente, el sistema muestra un mensaje y no permite crear la nueva solicitud.
Aprobada y publicada: los pasos siguientes
Cuando el estado cambia a Aprobada, falta un paso para tener la visa: pagar la expedición. La guía del SITAC insiste en una regla que causa muchos problemas: el medio de pago del estudio debe ser el mismo que se use para pagar la visa si es aprobada. Si pagó el estudio por PSE, pague la visa por PSE; si pagó en un consulado, hágalo en el consulado. Todo el detalle está en nuestra guía de pago y costos de la visa colombiana.
Cuando el estado pasa a Publicada, la visa electrónica ya fue expedida y le llega por correo. Haga tres verificaciones inmediatas:
- Datos personales: la visa debe mostrar fechas de expedición y vencimiento, y sus datos de identificación «deberán corresponder con los que aparecen en la página principal del pasaporte» (art. 102). Si hay un error, recuerde que la corrección se pide dentro de los quince días calendario siguientes a la expedición (art. 101).
- Vigencia: confirme la vigencia y la categoría. La visa electrónica le permite ingresar, permanecer y salir del territorio nacional (art. 103).
- Cédula de extranjería: si su visa le autoriza una permanencia superior a tres meses, debe solicitar la cédula de extranjería ante Migración Colombia «dentro del plazo de quince (15) días calendario siguientes a su ingreso al país» (art. 118). Los titulares de visas de visitante (tipo V) no tienen esa obligación. Vea nuestra guía completa de la cédula de extranjería.
Si va a cambiar de pasaporte durante la vigencia de la visa, el trámite correcto es el traspaso, que se solicita por el mismo formulario del SITAC eligiendo «Traspaso» en lugar de «Visa».
Fallos frecuentes al consultar el estado y cómo resolverlos
1. «No se encontraron resultados»
La causa más común es que alguno de los cuatro datos no coincide con lo que se registró. Revise el tipo de documento (pasaporte frente a «documento extranjero»), la nacionalidad seleccionada y el número de solicitud. Si hubo un requerimiento, pruebe con el número más reciente que aparece en el último correo.
2. La solicitud no aparece porque nunca se pagó el estudio
Si no pagó el estudio dentro de los 10 días calendario, la solicitud se entiende desistida (art. 11). En ese caso no hay trámite que consultar y debe registrar una nueva solicitud.
3. El estado lleva semanas sin cambiar
El plazo de 30 días calendario (art. 13) puede extenderse cuando la autoridad consulta a otras entidades. Revise que no tenga un requerimiento pendiente en el correo o en spam. Si el plazo está ampliamente superado y no hay requerimiento, puede presentar una petición por los canales de atención de Cancillería.
4. No le llegan los correos de Cancillería
Todas las notificaciones van al correo registrado. Revise spam, promociones y filtros. Si escribió mal el correo al crear la solicitud, la consulta en línea es la única forma de ver el estado. Use un correo que revise a diario y agregue el dominio de Cancillería a sus contactos seguros.
5. Le citaron a la oficina de visas
El formulario oficial advierte que no debe presentarse en la Oficina de Visas de Bogotá salvo que la autoridad lo requiera por correo. Si se lo piden, la autoridad puede solicitar documentos físicos y citarle a entrevista (art. 24).
6. Errores del propio formulario
La lista de nacionalidades contiene entradas duplicadas y nombres antiguos. Si su país aparece dos veces, pruebe ambas opciones con los demás datos correctos. Si la página se queda en «Cargando…», recargue con otro navegador.
El requisito médico: la causa de requerimiento más fácil de evitar
Consultar el estado es sencillo. Lo que más retrasa las solicitudes son los documentos que no cumplen, y uno de los más frecuentes es la póliza o plan de salud: que no cubra el territorio colombiano, que no cubra todo el periodo o que no detalle las coberturas exigidas. Para trámites complejos de visa, apóyese en un abogado migratorio; para el requisito médico, en CoVisas nos especializamos desde hace más de 20 años.
El plan CoVisas incluye en el contrato las siete coberturas obligatorias de la Resolución 5477 de 2022 (accidentes, enfermedad, hospitalización, invalidez, maternidad, repatriación y muerte), con carta consular para Cancillería, contratos de hasta tres años, sin límite de edad y con asesor personal 24/7.
Preguntas frecuentes
¿Dónde consulto el estado de mi solicitud de visa colombiana?
En el formulario oficial «Consultar estado de la solicitud» del SITAC de Cancillería: tramitesmre.cancilleria.gov.co/tramites/enlinea/consultarEstadoSolicitud.xhtml. Pide tipo y número de documento, nacionalidad y número de registro de solicitud.
¿Cuánto tarda Cancillería en responder una solicitud de visa?
La Resolución 5477 de 2022 da a la autoridad hasta 30 días calendario para pronunciarse (art. 13), contados sobre una solicitud efectivamente presentada, es decir, pagada. El plazo puede extenderse si consulta a otras entidades o si hay requerimientos.
Perdí el número de solicitud, ¿qué hago?
Búsquelo en el correo de confirmación de Cancillería, incluida la carpeta de spam. Si no lo encuentra, comuníquese con las líneas de atención de Cancillería: Bogotá +57 (1) 382 6999 o línea gratuita nacional 01 8000 938 000.
¿Qué significa que mi solicitud de visa está en requerimiento?
Que la autoridad necesita información o documentos adicionales. El correo indica el motivo. Debe responder modificando la solicitud en el SITAC con su número de solicitud; si no actúa dentro de los diez días siguientes, se entiende desistida (art. 97).
¿Puedo apelar si me niegan la visa?
No. Contra la inadmisión, el requerimiento, la negación, la terminación y la cancelación de visas no proceden recursos administrativos (art. 100 de la Resolución 5477 de 2022). Tras una negación debe esperar seis meses para solicitar de nuevo.
¿Cuál es la diferencia entre visa inadmitida y negada?
La inadmisión termina el trámite pero permite presentar una nueva solicitud. La negación se basa en la facultad discrecional del Estado e impide registrar una nueva solicitud durante seis meses.
Mi visa está aprobada, ¿ya puedo viajar?
Todavía no. Debe pagar la expedición dentro de los 10 días calendario siguientes a la aprobación, por el mismo medio con que pagó el estudio. La visa electrónica se expide dentro de los diez días hábiles siguientes al pago y llega por correo.
¿Qué hago cuando mi visa está publicada?
Verifique que los datos coincidan con su pasaporte, guarde la visa electrónica y, si su visa autoriza más de tres meses de permanencia, solicite la cédula de extranjería dentro de los 15 días calendario siguientes a su ingreso.
¿Qué es el SITAC?
Es la plataforma digital del Ministerio de Relaciones Exteriores donde se diligencia el formulario de visa, se cargan los documentos en PDF, se paga el estudio y se reciben las decisiones. El artículo 8 de la Resolución 5477 de 2022 exige que toda solicitud de visa se presente por esa plataforma.
¿La consulta de estado sirve para cargar documentos o corregir datos?
No. La consulta es solo la ventana pública del SITAC para ver en qué punto está su trámite. Para corregir datos o cargar documentos debe modificar la solicitud en el formulario de visa con su número de solicitud.
¿Qué datos necesito para consultar el estado de mi visa?
Tipo de documento (normalmente pasaporte), número de documento, nacionalidad y número de solicitud, escritos exactamente como los registró al crear la solicitud.
¿Cuál es el enlace oficial para consultar el estado de la visa?
tramitesmre.cancilleria.gov.co/tramites/enlinea/consultarEstadoSolicitud.xhtml. Verifique que la dirección empiece por tramitesmre.cancilleria.gov.co: ningún tercero necesita sus datos para mostrarle el estado.
¿Qué significa el estado «Estudio»?
Que la solicitud fue presentada y pagada (o está exenta) y espera pronunciamiento oficial. Solo debe esperar y revisar su correo y la consulta periódicamente.
¿Cuántas veces me pueden hacer un requerimiento?
La autoridad puede pedir documentos adicionales y entrevistas hasta por tres veces (artículo 19 de la Resolución 5477 de 2022).
¿En cuánto tiempo debo pagar el estudio de la visa?
Dentro de los 10 días calendario siguientes al registro de la solicitud (artículo 11). Si no paga, la solicitud se entiende desistida y el trámite termina sin pronunciamiento.
¿Por qué la consulta dice «No se encontraron resultados»?
Casi siempre porque alguno de los datos no coincide con lo registrado: tipo de documento, nacionalidad o número de solicitud. Si hubo un requerimiento, pruebe con el número más reciente que aparece en el último correo.
Mi solicitud lleva semanas sin cambiar de estado, ¿qué hago?
El plazo de 30 días calendario (artículo 13) puede extenderse cuando la autoridad consulta a otras entidades. Revise que no tenga un requerimiento pendiente en el correo o en spam; si el plazo está ampliamente superado, presente una petición por los canales de atención de Cancillería.
No me llegan los correos de Cancillería, ¿cómo veo el estado?
Revise spam, promociones y filtros. Si escribió mal el correo al crear la solicitud, la consulta en línea es la única forma de ver el estado. Use un correo que revise a diario.
¿Debo ir a la Oficina de Visas de Bogotá para saber cómo va mi trámite?
No. El formulario oficial advierte que no debe presentarse salvo que la autoridad lo requiera por correo. Si se lo piden, puede solicitarle documentos físicos y citarle a entrevista (artículo 24).
¿Qué verifico cuando mi visa aparece como publicada?
Que sus datos personales y las fechas de expedición y vencimiento sean correctos y coincidan con su pasaporte. Si hay un error, avise de inmediato por los canales de Cancillería antes de viajar o hacer trámites con la visa.
Fuentes oficiales: SITAC – Consultar estado de la solicitud · Guía de usuario «Solicitar Visa en línea» (Cancillería, 29/08/2024) · Resolución 5477 de 2022 · Formulario oficial de solicitud de visa. Este contenido es informativo y no reemplaza la asesoría personalizada.
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