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CoVisas Colombia
Guía oficial paso a paso · 2026

Terminación anticipada de la visa y cambio de circunstancias: qué pasa si se divorcia, pierde el empleo o vende su inversión

Las causales oficiales de los artículos 109 y 110, quién debe informar cada cambio, los 30 días para actuar, la cancelación por no avisar y por qué los montos atados al salario mínimo cambian cada año

Por Francisco Viloria, CoVisas ColombiaActualizado: 8 nov 2026Lectura: 11 minBasada en fuentes oficiales
30 días para salir o pedir otra visa
No avisar: cancelación y veto de 1 a 10 años
Montos en SMMLV cambian cada 1 de enero
Contenido de la guía

Respuesta rápida: una visa colombiana puede terminar antes de su fecha de vencimiento. Ocurre cuando cambian las circunstancias por las que se otorgó, por divorcio o separación, a petición de quien la respaldó o por decisión discrecional de la autoridad (art. 109 de la Resolución 5477 de 2022). Cuando termina, usted tiene 30 días calendario para salir del país o pedir una nueva visa (art. 111).

Lo más grave es no informar el cambio: el artículo 114 lo convierte en causal de cancelación, con efecto desde la fecha del cambio, y quien tiene la visa cancelada no puede volver a solicitarla durante 1 a 10 años (art. 116).

📜 Norma oficial: Resolución 5477 de 2022, arts. 3, 79, 81–84 y 107–119Normograma de Cancillería

Las causales oficiales de terminación anticipada

Causal (art. 109)Qué significa en la práctica
Solicitud del titular o de quien respaldó la visaEl empleador o el cónyuge pueden pedir que termine
Expedición de una nueva visa a la misma personaLa visa anterior termina automáticamente
Cambio de las circunstancias por las que fue otorgadaFin del empleo, venta de la inversión, cierre de la empresa, fin de la relación
Divorcio o separación judicial o de hechoTermina la visa M de cónyuge o compañero permanente
Decisión discrecional de la autoridadSe notifica por correo electrónico

También hay terminación automática (art. 112): muerte del titular, ausencia de más de 180 días continuos dentro de cada 365 días con visa M, o de más de dos años continuos con visa R. Y la visa termina si el titular obtiene la nacionalidad colombiana (art. 109, parágrafo 2).

Los beneficiarios también pierden la visa

Según el artículo 110, la visa del beneficiario termina cuando termina la del titular principal, cuando el beneficiario deja de depender económicamente de él, cuando pierde la calidad de cónyuge o compañero o cesa la convivencia, cuando un hijo cumple 25 años (salvo discapacidad que le impida ser independiente), cuando el titular se nacionaliza colombiano o por decisión discrecional.

Quién debe informar cada cambio

QuiénQué debe informarBase
Titular y quien ampara la solicitudCualquier cambio de circunstancias, «tan pronto como tenga lugar»Art. 3
Cónyuge o compañero colombianoEl fin de la relación o de la convivencia, por escrito, con teléfono, correo y direcciónArt. 81
Empleador de un titular de visa M trabajadorCambios en la vinculación, el cargo o el tipo de laborArt. 82
Cualquier persona o entidad que respaldó la visaCambios en la actividad, el cargo o las circunstancias autorizadasArt. 83
Titular de visa M socio, propietario o inversionistaCambios en las circunstancias de la visa, por escrito y con copia de la cédula de extranjeríaArts. 79 y 84
Titular con permiso abierto de trabajoCambio de actividad, cargo u ocupación ante Migración Colombia, dentro de 15 díasArt. 119

Casos prácticos

1. Separación del compañero permanente

Una ciudadana extranjera tiene visa M como compañera permanente de un colombiano y la relación termina. La separación de hecho es causal de terminación anticipada (art. 109), y el colombiano debe informarlo por escrito (art. 81). El parágrafo 1 del artículo 109 permite además que el colombiano pida la terminación por violencia, abandono, separación de hecho o incumplimiento. Qué hacer: informar el cambio, revisar si los hijos u otros beneficiarios pierden su visa (art. 110) y usar los 30 días para pedir la visa que corresponda, por ejemplo como padre o madre de un hijo colombiano, si aplica, u otra categoría.

2. Divorcio del cónyuge colombiano

El divorcio o la separación judicial terminan la visa M de cónyuge (art. 109). Un detalle que muchos olvidan: si aspiraba a la residencia permanente, los 3 años del artículo 90 se cuentan con la visa vigente y con continuidad. Una terminación sin una nueva visa a tiempo rompe la cadena.

3. Fin de la relación laboral

Un ingeniero con visa M trabajador renuncia o es despedido. Su visa estaba atada a ese empleador y ese cargo (art. 74), así que cambian las circunstancias por las que se otorgó (art. 109). La empresa debe informar el cambio (art. 82) y reportar la desvinculación en el SIRE en 15 días. El trabajador tiene 30 días para conseguir una nueva visa con su nuevo empleador o salir del país. Y no puede trabajar para la nueva empresa con la visa anterior.

4. Fin de un contrato de prestación de servicios

Con la visa V de prestador de servicios, obra o labor, el contrato tiene fechas de inicio y fin (art. 54). Si termina antes, cambian las circunstancias: hay que informarlo y actuar dentro de los 30 días.

5. Venta del inmueble que respaldaba la visa de inversionista

La visa M inversionista exige mantener la inversión o el inmueble durante toda la vigencia, y el parágrafo del artículo 79 obliga a informar de inmediato cualquier cambio en la inversión para que la autoridad evalúe si la visa sigue vigente. Vender el inmueble sin avisar expone a la cancelación por no informar el cambio de circunstancias. Además, para renovar debe probar que mantuvo la inversión. Vea la guía del extracto del Banco de la República.

6. El socio o propietario que vende, cierra o no demuestra actividad

La vigencia de la visa M de socio o propietario «estará supeditada a que el monto de participación accionaria se mantenga» (art. 75). Si vende su participación, cierra la empresa o la sociedad no tiene actividad real, cambian las circunstancias de la visa y debe informarlo (art. 84). Para segundas visas y siguientes, el artículo 75 exige demostrar actividad económica y solvencia con extractos de los últimos tres meses, declaraciones de renta, aportes a seguridad social u otros soportes. Una «empresa de papel» no supera esa revisión.

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Si no informa: cancelación, veto y sanciones

La diferencia clave: la terminación le deja 30 días en regularidad y la puerta abierta a una nueva visa. La cancelación por no informar le cierra la puerta de 1 a 10 años. Informar a tiempo es lo que convierte un problema en un trámite.

Los montos en salarios mínimos cambian cada año

Varios requisitos de visa están atados al Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV), que se actualiza cada año. Se negocia en la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, con representantes de los empresarios, de las centrales sindicales y del Gobierno a través del Ministerio del Trabajo. Si no hay acuerdo, el Gobierno lo fija por decreto del Presidente de la República, que rige desde el 1 de enero. Para 2026 se fijó en COP 1.750.905 (Decreto 1469 de 2025), valor que el Decreto 159 de 2026 ratificó de forma transitoria por orden del Consejo de Estado mientras se decide la demanda contra el decreto original.

Por eso, revise los montos después del 1 de enero de cada año: un requisito que usted cumplía en diciembre puede quedar corto en enero, y los umbrales se miden a la fecha de radicación de la solicitud.

Requisito (Res. 5477)UmbralValor 2026Con margen de 20 %Con margen de 30 %
Visa M inversionista: inversión extranjera directa (art. 79)Más de 650 SMMLVCOP 1.138.088.250COP 1.365.705.900COP 1.479.514.725
Visa M inversionista: inmueble (art. 79)350 SMMLVCOP 612.816.750COP 735.380.100COP 796.661.775
Visa M socio o propietario: participación (art. 75)100 SMMLVCOP 175.090.500COP 210.108.600COP 227.617.650
Empleador de visa M trabajador: ingresos promedio mensuales (art. 74)100 SMMLVCOP 175.090.500COP 210.108.600COP 227.617.650
Recomendación al invertir: considere un margen de 20 % a 30 % por encima del mínimo para absorber los aumentos anuales del salario mínimo y las variaciones de la tasa de cambio, sobre todo si la renovación de la visa caerá en otro año. Para 2026 el aumento fue del 23 %: quien invirtió justo en el mínimo de 2025 quedó por debajo del umbral de 2026.

Qué hacer cuando cambian sus circunstancias

  1. Identifique si el cambio afecta las condiciones por las que se otorgó su visa.
  2. Infórmelo por escrito a la Autoridad de Visas tan pronto ocurra (arts. 3 y 81–84).
  3. Avise a Migración Colombia en 15 días si cambia actividad, cargo, empleador o domicilio.
  4. Revise el efecto sobre sus beneficiarios (art. 110).
  5. Use los 30 días del artículo 111 para radicar una nueva visa completa o salir del país.
  6. Recalcule los montos con el salario mínimo vigente a la fecha de radicación y deje margen.
  7. Busque asesoría profesional si el caso es complejo: un error aquí puede costar de 1 a 10 años de veto.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa con mi visa si me divorcio de mi cónyuge colombiano?

El divorcio o la separación judicial o de hecho es causal de terminación anticipada de la visa M de cónyuge o compañero (art. 109). Tiene 30 días calendario para pedir otra visa o salir del país (art. 111).

¿Qué pasa si no informo un cambio de circunstancias?

Es causal de cancelación de la visa con efecto desde la fecha del cambio (art. 114, numeral 12), sin recurso, y quien tiene la visa cancelada no puede solicitar visa por un periodo de 1 a 10 años (art. 116).

Perdí mi empleo, ¿cuánto tiempo tengo?

Si su visa termina, 30 días calendario para solicitar una nueva visa o salir del país; durante ese tiempo su situación es regular (art. 111). La empresa debe informar el cambio y reportar la desvinculación en el SIRE.

¿Puedo vender el inmueble de mi visa de inversionista?

La visa exige mantener la inversión durante toda su vigencia. Si vende, debe informarlo de inmediato a la Autoridad de Visas (art. 79, parágrafo), que evaluará si la visa sigue vigente.

¿Cuándo cambian los montos de las visas atados al salario mínimo?

Cada año, cuando se fija el nuevo salario mínimo, que rige desde el 1 de enero. Revise los montos después de esa fecha y deje un margen del 20 % al 30 % si va a invertir.

¿Mis hijos pierden su visa si termina la mía?

Sí. La visa del beneficiario termina cuando termina la del titular principal (art. 110), y también cuando el hijo cumple 25 años o deja de depender económicamente, entre otras causales.

¿Cuáles son las causales de terminación anticipada de la visa?

Entre otras: solicitud del titular o de quien respaldó la visa, expedición de una nueva visa, cambio de las circunstancias por las que se otorgó, y divorcio o separación judicial o de hecho (artículo 109).

¿Si me expiden una nueva visa, qué pasa con la anterior?

La visa anterior termina automáticamente con la expedición de la nueva (artículo 109).

¿Cuándo pierde la visa un hijo beneficiario?

Entre otros casos, cuando cumple 25 años, salvo discapacidad que le impida ser independiente, o cuando termina la visa del titular principal (artículo 110).

¿El cónyuge colombiano debe informar la separación?

Sí. Debe informar por escrito el fin de la relación o de la convivencia, con su teléfono, correo y dirección (artículo 81).

¿El colombiano puede pedir que termine la visa de su pareja?

Sí. El parágrafo 1 del artículo 109 le permite pedir la terminación por violencia, abandono, separación de hecho o incumplimiento.

¿El divorcio afecta mi camino a la residencia permanente?

Sí. Los 3 años del artículo 90 se cuentan con visa vigente y continuidad; una terminación sin una nueva visa a tiempo rompe la cadena.

¿Si renuncio a mi empleo, puedo trabajar con la nueva empresa con mi visa actual?

No. La visa M de trabajador estaba atada a ese empleador y cargo. Tiene 30 días para obtener una nueva visa con el nuevo empleador o salir del país.

¿Qué pasa con la visa de socio si vendo mi participación?

Su vigencia está supeditada a mantener la participación accionaria (artículo 75). Si vende, cierra la empresa o no hay actividad real, debe informarlo (artículo 84).

¿Procede recurso contra la cancelación de la visa?

No. Contra la cancelación no procede recurso (artículo 115).

¿Desde cuándo tiene efecto la cancelación por no informar?

Desde la fecha del cambio de circunstancias (artículo 114, numeral 12).

¿Quién fija el salario mínimo cada año?

Se negocia en la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales; si no hay acuerdo, el Gobierno lo fija por decreto del Presidente, que rige desde el 1 de enero.

¿Cuánto debo invertir de más para no quedarme corto?

Como los montos atados al salario mínimo cambian cada 1 de enero, conviene planear entre un 20 y un 30 % por encima del mínimo exigido.

¿Qué debo hacer primero cuando cambian mis circunstancias?

Identificar si el cambio afecta las condiciones de la visa, informarlo por escrito a la Autoridad de Visas, avisar a Migración en 15 días y usar los 30 días del artículo 111 para actuar.

¿Necesito un plan médico nuevo para la nueva visa?

La nueva solicitud debe cumplir los requisitos vigentes, incluida la cobertura de salud por todo el periodo. Verifique que su plan cubra la nueva vigencia.

Fuentes oficiales: Resolución 5477 de 2022, arts. 3, 54, 74, 75, 79, 81–84, 90 y 107–119 · Resolución 2357 de 2020 de Migración Colombia · Salario mínimo 2026: Decreto 1469 de 2025 y Decreto 159 de 2026 · Concertación salarial: Ley 278 de 1996. Contenido informativo; no constituye asesoría legal.

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Francisco Viloria — Director de CoVisas Colombia. Asesor internacional de seguros con más de 20 años de experiencia en planes de asistencia médica para visas y en el cumplimiento de la Resolución 5477 de 2022.

Esta guía se elaboró a partir de manuales, formularios y normas oficiales, citados al final.

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